Durante la producción, el envasado, el almacenamiento, la preparación y, por último, el consumo, los alimentos entran en contacto con objetos de distintos materiales. Estos objetos se denominan materiales en contacto con alimentos. Se definen en el artículo 1 del Reglamento (CE) nº 1935/2004 como materiales u objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, que ya están en contacto con alimentos o que pueden entrar en contacto con alimentos o transferir sus componentes a los alimentos durante su uso previsible. ¿Tiene una empresa que fabrique, manipule o comercialice materiales y objetos en contacto con alimentos como producto acabado? Si aún no está registrada como empresa alimentaria ni ante la autoridad competente, debe informar de ello.
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Control alimentario, protección de los consumidores y servicios veterinarios
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