¿Tiene licencia o certificado de aptitud y quiere encender fuegos artificiales? En este caso, debe notificarlo a la empresa pirotécnica.
Los fuegos artificiales se dividen en las siguientes categorías:
- Fuegos artificiales de categoría F2
- Fuegos artificiales de categoría F3
- Fuegos artificiales de categoría F4
- Fuegos artificiales para escenarios y teatros: categoría T1 o T2
- Fuegos artificiales con otros artículos pirotécnicos de categoría P1 o P2
Debe exhibir
- Fuegos artificiales de categoría 2 en el periodo comprendido entre el 2 de enero y el 30 de diciembre
- Fuegos artificiales con todas las demás categorías durante todo el año, del 1 de enero al 31 de diciembre
No puede encender artículos pirotécnicos en las inmediaciones de iglesias, hospitales, residencias infantiles y de ancianos y otros edificios sensibles al fuego (por ejemplo, casas con tejado de paja o casas catalogadas con entramado de madera).
Como particular, es decir, como persona sin permiso ni licencia, puede solicitar disparar artificios pirotécnicos de la categoría F2 por un motivo justificado: Solicitud de permiso de exención para adquirir y disparar artificios pirotécnicos de la clase PDF-Archivo 686,14 kB II.
Servicio en línea
Como titular de una licencia o certificado de competencia, puede registrar fácilmente sus fuegos artificiales en línea.
Notas sobre la solicitud en línea
Necesidades
Procedimiento
Documentos necesarios
Formularios
Deadlines
Duración del proceso
Fees
Base jurídica
Cuestiones generales de seguridad y reglamentación
Dirección y accesibilidad
Horarios de apertura
Acérquese a
Teléfono de servicio
¿Tiene alguna pregunta? Llámenos: desde cualquier red, sin prefijo. Número de autoridad pública: de lunes a viernes, de 8.00 a 18.00 horas. Por lo general, puede llamar al 115 con tarifas de teléfono fijo y, por tanto, gratuitas a través de tarifas planas. Teléfono de señales: de lunes a viernes, de 8.00 a 18.00.