Las matrículas de temporada están pensadas para vehículos que sólo se utilizan en determinadas épocas del año, como motos, descapotables o autocaravanas. Esto le evita tener que matricular y dar de baja el vehículo con frecuencia.
Al matricular el vehículo a su nombre, usted especifica el periodo de explotación durante el cual desea utilizar el vehículo. Puede ser de entre dos y once meses al año. Fuera del periodo de explotación, no puede conducir el vehículo por la vía pública y debe aparcarlo lejos de la vía pública y en plazas de propiedad privada, por ejemplo en un garaje. A los vehículos con matrícula de temporada se les aplican todas las normas de la Ordenanza de matriculación de vehículos. Esto significa que estos vehículos están sujetos a matriculación obligatoria, placas de matrícula obligatorias, seguro obligatorio (todo el año) e impuestos obligatorios.
Nota: El periodo de explotación se indica en el lado derecho de la matrícula como número fraccionario. "05/11", por ejemplo, significa que puede utilizar el vehículo de mayo a noviembre. La cobertura del seguro y la obligación de cotizar se suspenden fuera del periodo de explotación.
Nota: Se puede matricular una matrícula de temporada en cualquier momento, incluso fuera del periodo de temporada. No obstante, el vehículo sólo puede circular por la vía pública a partir del día 1 del mes siguiente al inicio del periodo estacional.
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¿Tiene alguna pregunta? Llámenos: desde cualquier red, sin prefijo. Número de autoridad pública: de lunes a viernes, de 8.00 a 18.00 horas. Por lo general, puede llamar al 115 con tarifas de teléfono fijo y, por tanto, gratuitas a través de tarifas planas. Teléfono de señales: de lunes a viernes, de 8.00 a 18.00.